14 de julio de 2026 · 7 min de lectura · Equipo CuentasBienHechas

Cómo calcular la prima de servicios en Colombia 2026 (fórmula y ejemplos)

La prima es un salario completo al año, pagado en dos cuotas: junio y diciembre. Aquí está la fórmula exacta, qué entra en la base, ejemplos con cifras 2026 y qué hacer si no te la pagan.

¿Cuánta prima te corresponde según tus días trabajados?

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La fórmula (Art. 306 del CST)

Prima = (salario base mensual × días trabajados del semestre) ÷ 360

  • Salario baseEl salario mensual más el auxilio de transporte ($249.095 en 2026) si ganas hasta 2 SMMLV ($3.501.810). El auxilio sí cuenta para prima y cesantías aunque no cuente para salud y pensión.
  • Días trabajadosSe cuentan con el año comercial de 360 días (meses de 30). Un semestre completo son 180 días — por eso equivale exactamente a medio salario.
  • Salario variableSi tienes comisiones o tu salario cambió durante el semestre, la base es el promedio de lo devengado en el semestre.

Ejemplos con cifras 2026

SalarioBase (con auxilio si aplica)DíasPrima
Mínimo ($1.750.905)$2.000.000180$1.000.000
$3.000.000$3.249.095180$1.624.548
$3.000.000 (medio semestre)$3.249.09590$812.274
$5.000.000 (sin auxilio)$5.000.000180$2.500.000

Quien gana $3.000.000 recibe auxilio porque está por debajo de 2 SMMLV ($3.501.810). Quien gana $5.000.000 ya no.

Quién la recibe (y quién no)

✓ Con derecho a prima

  • Contrato a término fijo o indefinido
  • Contrato por obra o labor
  • Empleadas y empleados domésticos
  • Trabajadores por días (proporcional)
  • Aprendices SENA en etapa productiva no — pero practicantes con contrato laboral sí

✗ Sin prima

  • Contratistas por prestación de servicios
  • Salario integral (la prima ya está incluida en el factor prestacional)
  • Practicantes con contrato de aprendizaje

Fechas límite y qué pasa si no te pagan

  • 30 de junioFecha máxima de pago de la prima del primer semestre (enero–junio).
  • 20 de diciembreFecha máxima de la prima del segundo semestre (julio–diciembre).

Si no te la pagan, el empleador queda en mora de una obligación laboral: puedes reclamar por escrito, acudir al Ministerio de Trabajo o demandar. Al terminar el contrato sin que te hayan pagado prestaciones, aplica la indemnización moratoria del Art. 65 del CST: un día de salario por cada día de retraso.

La prima pendiente también entra en tu liquidación final — revisa cómo se suma en nuestra guía de liquidación laboral.

Preguntas frecuentes

¿La prima me la pueden pagar en especie o "con el sueldo"?

No. Es un pago en dinero, adicional y separado del salario. Tampoco es válido "incluirla" en el salario mensual, salvo el caso del salario integral pactado formalmente (mínimo 13 SMMLV más factor prestacional).

¿Las incapacidades y licencias descuentan días de prima?

Las incapacidades por enfermedad común, licencias de maternidad/paternidad y vacaciones no interrumpen el tiempo: esos días cuentan para la prima. Las licencias no remuneradas sí se descuentan.

¿La prima paga salud, pensión o retención?

La prima no es factor salarial: no entra a la base de salud ni pensión. Para retención en la fuente sí es ingreso gravable del mes en que la recibes, y cuenta para el tope de ingresos que te obliga a declarar renta.

Me pagaron la prima tarde, ¿me deben intereses?

Durante el contrato no hay una sanción automática por pagar la prima con días de retraso, pero es una deuda laboral exigible. La indemnización del día de salario por día de mora aplica cuando el contrato termina sin que te hayan pagado.

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